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BARRIONUEVO, BRIAN ERNESTO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BARRIONUEVO, BRIAN ERNESTO s/ ROBO AGRAVADO-HABEAS CORPUS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe admitió parcialmente la queja contra la resolución que confirmó la denegatoria del hábeas corpus a favor de Brian Barrionuevo y ordenó la elevación de los autos principales, en un contexto de revisión de la imposición de costas y la situación procesal del imputado.


- Quién demanda: la defensa de Brian Ernesto Barrionuevo

¿A quién se demanda?

la resolución del Tribunal Unipersonal de Apelación Oral en lo Penal de Rosario, que confirmó la denegatoria del hábeas corpus y ordenó costas al defensor.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

la inconstitucionalidad de la decisión que rechazó el hábeas corpus y la imposición de costas, argumentando vulneración del derecho a la libertad, la autonomía del defensor y la improcedencia de la sanción procesal.

¿Qué se resolvió?

la Corte admitió parcialmente la queja, ordenó la elevación de los autos y dispuso el trámite correspondiente, destacando que la situación procesal del imputado había cambiado con la incorporación a libertad asistida, por lo que la revisión de fondo se tornó inoficiosa. Además, se analizó la validez del planteo sobre costas, admitiéndolo y evaluando la posible arbitrariedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De acuerdo surge del Sistema Informático de la Oficina de Gestión Judicial, el señor Barrionuevo fue incorporado el 17 de junio de 2020 -por resolución N° 237 del doctor Carlos Pareto
- al régimen de libertad asistida. Y considerando que la pretensión en virtud de la cual la Defensa interpuso el hábeas corpus en la presente causa era la morigeración de la pena de prisión que se encontraba cumpliendo bajo la modalidad de domiciliaria, precisamente por encontrarse próximo a obtener la libertad asistida, debe concluirse que los gravámenes oportunamente planteados ante esta Sede han sido disipados, advirtiéndose, en consecuencia, la inoficiosidad del dictado de una sentencia de mérito. Verificada así la concurrencia de un obstáculo insalvable para el ejercicio de la jurisdicción por parte de esta Corte, corresponde declarar que se ha operado -sobre esta cuestión
- la sustracción de la materia litigiosa." En relación a la imposición de costas: "Es que, al introducirse como un planteo autónomo, mal podría sostenerse que el gravamen sobre tal tópico carece de actualidad y, por tanto, corresponde a este Tribunal avocarse a su tratamiento en esta instancia. [...] en una apreciación mínima y provisoria propia de este estadio, y sin que ello implique adelantar opinión sobre la sustantiva procedencia de la impugnación." Fundamentación adicional: La Corte consideró que la situación procesal del imputado había cambiado, por lo que la revisión del fondo del recurso era innecesaria y se debía desechar por inoficiosa, sin afectar la validez de las cuestiones relativas a la imposición de costas, que fueron analizadas y admitidas

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