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PITTAVINO, EZEQUIEL DANILO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL PITTAVINO, EZEQUIEL DANILO s/ INFRACCION ARTICULO 125 BIS DEL CODIGO PENAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte provincial denegó la concesión del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la sentencia de condena por considerar que los agravios presentados no cumplían con los requisitos formales ni sustanciales para su admisión. La resolución se fundamentó en la falta de argumentación razonada y en la ausencia de arbitrariedad en la decisión de la instancia anterior.

Arbitrariedad Jurisprudencia Valoracion probatoria Rechazo Constitucionalidad Recurso de inconstitucionalidad Valoracion racional Motivos insuficientes Agravios reiterados Condena penal.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): La defensa del imputado, Ezequiel Danilo Pittavino. A quién se demanda (Demandado): La Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través del recurso de inconstitucionalidad. Qué se reclama (Objeto de la demanda): La revisión de la constitucionalidad de la sentencia de condena por supuestas irregularidades en la valoración de las pruebas. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Corte provincial negó la concesión del recurso extraordinario, considerando que los agravios no estaban debidamente fundados ni demostraban arbitrariedad o vulneración de derechos constitucionales, ya que la apelante se limitaba a reiterar argumentos ya rechazados y no aportaba fundamentos nuevos que justificaran la instancia federal. Fundamentos principales de la decisión:
- La presentación no cumplía con los requisitos del artículo 3 del reglamento de la Corte Suprema, pues carecía de crítica razonada y de relación directa con las cuestiones federales.
- La recurrente solo reiteraba agravios ya abordados y descartados en instancia local, sin refutar la fundamentación que llevó a confirmar la condena.
- La valoración de la prueba por parte de la Cámara de Alzada fue considerada razonable y suficientemente motivada, sin que exista arbitrariedad ni afectación de derechos constitucionales.
- No se evidenció que el fallo hubiera disociado de las reglas de la sana crítica racional, ya que la decisión estuvo fundada en las constancias de la causa y en la normativa aplicable.
- La impugnante no logró demostrar "prima facie" que el fallo fuera disociado de las exigencias del ordenamiento jurídico, por lo que la Corte negó la concesión.

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