SUMMER, NESTOR EDUARDO DAVID -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL SUMMER, NESTOR EDUARDO DAVID s/ ROBO CALIFICADO POR USO DE ARMA IMPROPIA Y POR EL USO DE ARMA DE FUEGO CUYA APTITUD PARA EL DISPARO NO PUDO ACREDITARSE- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Superior de Santa Fe resolvió remitir la causa a la Oficina de Gestión Judicial de Segunda Instancia para garantizar el derecho al recurso en la declaración de reincidencia de Néstor Summer, tras analizar que la decisión de la Cámara agravó su situación sin reenvío previo, en cumplimiento de garantías constitucionales.
- Quién demanda: El Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, en calidad de parte que interpone la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad.
¿A quién se demanda?
A los Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Circunscripción Judicial N° 2 de la Provincia, que dictaron el acuerdo 623/2017.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La inconstitucionalidad del acuerdo que declaró reincidente a Summer sin disponer el reenvío a baja instancia, vulnerando su derecho al recurso y doble conforme, y cuestionando la interpretación del cumplimiento de pena en comisaría respecto de la calificación de reincidencia.
¿Qué se resolvió?
La Corte consideró que no se vulneró el derecho al recurso en la declaración de reincidencia, pero que para garantizar el doble conforme y evitar desgaste jurisdiccional, corresponde remitir la causa a la Oficina de Gestión Judicial de Rosario para que designe un Tribunal de Apelación Oral que revise la declaración de reincidencia, sin pronunciarse sobre la legalidad del fondo de la cuestión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte analizó que la declaración de reincidencia en segunda instancia, sin reenvío a baja instancia, no configura doble instancia en el caso concreto, dado que la decisión fue debatida y decidida en la misma instancia de apelación. Además, se valoró que los informes y antecedentes de Summer justificaban razonablemente la declaración, sin arbitrariedad ni violación a principios constitucionales. La decisión busca una vía eficiente para garantizar el derecho al recurso sin afectar la seguridad jurídica ni la finalidad de reinserción social.
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