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BISUTTI, DANIEL c/ CELSUR LOGÍSTICA S.A. Y OTROS -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja contra la resolución que confirmó la constitucionalidad y validez del fallo que condenó a la aseguradora a pagar indemnizaciones por accidente laboral y declaró la inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley 24557. La decisión se fundó en que los agravios de la quejosa consisten en disconformidades interpretativas y valorativas que no constituyen arbitrariedad constitucional suficiente para su ingreso a la vía extraordinaria.


- Quién demanda: La aseguradora demandada (C. S. J. N° 21-00513129-1).

¿A quién se demanda?

La parte actora, en autos "BISUTTI, Daniel contra CELSUR LOGÍSTICA S.A. Y OTROS".

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La impugnación de la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda laboral, condenando a la aseguradora a pagar prestaciones y declarando inconstitucional el artículo 12 de la Ley 24557, además del control de constitucionalidad del artículo 12, inciso 1, de dicha ley.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la queja por no demostrar que la resolución judicial atacada incurriera en arbitrariedad constitucional, considerando que los agravios son meras disconformidades interpretativas y valorativas. La Corte sostuvo que los argumentos presentados no revelan una irracionalidad o vulneración de garantías constitucionales que justifique un análisis de fondo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los reparos de la presentante, basados en la vulneración de garantías constitucionales y encasillados en distintas hipótesis de arbitrariedad, tales como: dogmatismo, apartamiento de las probanzas, resolver en forma extra petita y errónea interpretación y aplicación de la ley, todos confluyen derechamente a revelar su disconformidad con la solución otorgada por el tribunal, respecto de cuestiones atinentes a la aplicación de normas de derecho común y valoración de pruebas efectuadas por el Juzgador, pero no logra persuadir a este Tribunal que el razonamiento del mismo luzca irrazonable en modo tal que lo haga pasible de descalificación constitucional ante esta Sede." "Concretamente, en cuanto al alegado dogmatismo en la valoración de la causal que determinará el encuadramiento como profesional de la patología cardiovascular del actor, no resultan atendibles, ya que el tribunal realizó un análisis exhaustivo de las declaraciones testimoniales y pericias, concluyendo que la exposición a estrés laboral originó la patología y su fallecimiento." "Asimismo, la impugnante no logra demostrar que el tribunal haya apartado probanzas relevantes, ni que la interpretación de la ley haya sido irracional. La omisión de una tacha expresa contra el artículo 12 de la Ley 24557 no habilita la declaración de arbitrariedad, dado que la parte tuvo oportunidad de ejercer su defensa." "Por último, la cuestión de los intereses y la fecha de inicio

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