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SANTA CRUZ, SERGIO c/ MASCOTTI, NORMA SILVINA Y OTROS -DEMANDA LABORAL- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que aplicó normas contrarias a la Constitución, anulando la decisión judicial y remitiendo los autos para un nuevo pronunciamiento conforme a los fundamentos del fallo.

Ley de riesgos del trabajo Nulidad Inconstitucionalidad Recursos Derechos constitucionales Irretroactividad Aplicacion temporal Fallo judicial Remision. Tasas confiscatorias

Actor: La parte que interpuso el recurso de inconstitucionalidad en el expediente "SANTA CRUZ, SERGIO CONTRA MASCOTTI, NORMA SILVINA Y OTROS -DEMANDA LABORAL-". Demandado: La sentencia de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario, que confirmó la aplicación del decreto 1694/09 y el interés usurario en un proceso de responsabilidad laboral. Objeto: Se impugna la constitucionalidad de la sentencia y de las normas aplicadas, específicamente del decreto 1694/09 y del cálculo del interés, alegando violaciones constitucionales por inaplicabilidad retroactiva y tasas confiscatorias. Decisión: La Corte declaró la inconstitucionalidad del fallo impugnado, anulando la sentencia en cuanto a la aplicación normativa cuestionada y remitiendo los autos para que un tribunal subrogante dicte nuevo pronunciamiento conforme a los lineamientos y fundamentos del presente fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se sostiene que la aplicación del decreto 1694/09 a hechos que ocurrieron en 2007, anterior a su vigencia, constituye un apartamiento de la normativa constitucional y del precedente jurisprudencial "Espósito", que exige que las normas de mejoras en Riesgos del Trabajo tengan efectos solo prospectivos. La sentencia impugnada, al aplicar normas posteriores a la contingencia, vulnera el principio de irretroactividad y los derechos constitucionales de igualdad y propiedad. Además, la tasa de interés fijada es confiscatoria y desproporcionada, contraria a los principios constitucionales y jurisprudenciales, como en los precedentes "Olivera" y "Bonet". Estas razones justifican la nulidad de la decisión y la necesidad de un nuevo pronunciamiento."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia relevantes, ya que todos los ministros expresaron unánimemente el criterio de anulación y remisión.

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