DRAZEN JURAGA Y ASOCIADOS S.R.L. s/ CONCURSO PREVENTIVO -HOY QUIEBRA-LEGAJO DE COPIAS RECURSO DE APELACION BANCO HIPOTECARIO S.A. (DR. BIANCHI)- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Banco Hipotecario S.A., anuló la sentencia que regular honorarios en unidades jus y ordenó que la causa sea juzgada nuevamente, por aplicar retroactivamente la ley 12851 en tareas realizadas con anterioridad a su sanción.
- Quién demanda: Banco Hipotecario S.A.
¿A quién se demanda?
Tribunal de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, Sala Primera.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la sentencia que reguló honorarios en unidades "jus" aplicando retroactivamente la ley 12851, alegando arbitrariedad y vulneración de derechos adquiridos.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró la inadmisibilidad del recurso por defectos en la motivación, pero en definitiva, declaró la nulidad de la sentencia impugnada y ordenó remitir los autos para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostuvo que la cuestión central residía en la aplicación temporal de la ley 12851, que regula honorarios en unidades "jus", y que las tareas profesionales se habían realizado antes de la sanción de dicha ley. Basándose en la doctrina de la Corte Suprema de la Nación, en particular en "Francisco Costa" y "Ferrando", consideró que la ley vigente al momento de la prestación de los servicios debía aplicarse. La sentencia anterior aplicó retroactivamente la ley 12851, vulnerando el principio de irretroactividad y derechos adquiridos. Además, la sentencia no motivó suficientemente la decisión, incurriendo en vicios de "falta de motivación suficiente" y "autocontradicción". La Corte concluyó que la resolución impugnada no cumplía con las condiciones mínimas para satisfacer el derecho a la jurisdicción, por lo que declaró la nulidad y ordenó un nuevo juicio.
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