ATILRA c/ ARCOLEN ARGENTINA S.A. -ESTATUTOS ESPECIALES-ASOCIACIONES PROFESIONALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una resolución que confirmó el rechazo de una demanda por aportes sindicales. La decisión se fundamentó en que las cuestiones planteadas son fácticas y probatorias, propias de la instancia de grado, y no constituyen un supuesto de arbitrariedad o violación constitucional.
- Quién demanda: La actora (una entidad sindical)
¿A quién se demanda?
ARCOLEN ARGENTINA S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de aportes sindicales retenidos y no pagados por la demandada, con base en liquidaciones y actas de inspección.
¿Qué se resolvió?
La Corte de Santa Fe rechazó la queja por inconstitucionalidad, confirmando que los jueces de la causa valoraron correctamente las constancias y que las argumentaciones de la recurrente constituyen mero disenso con la valoración probatoria y la interpretación del derecho, sin implicar arbitrariedad o desviación de poder.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostuvo que la impugnante no logró demostrar un apartamiento del derecho, ya que sus argumentos se limitaron a cuestionar la valoración de las pruebas y la interpretación de las normas de derecho común, materia de competencia de los jueces ordinarios. Se resaltó que la sentencia atacada se basa en un análisis correcto de las constancias, en particular la falta de acreditación de la deuda mediante instrumentos adecuados, como un certificado de deuda o la individualización de los trabajadores afectados, además de considerar que las actas y liquidaciones presentadas eran de conformación unilateral. La Corte citó fallos nacionales (Fallos:342:633) para reforzar el criterio de valoración probatoria y la inexistencia de arbitrariedad en la decisión. Finalmente, se desestimaron los argumentos relacionados con la imposición de costas, ya que corresponden a cuestiones de fondo que escapan a la competencia del recurso de inconstitucionalidad.
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