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CELESUR S.A. c/ MILICIC S.A. -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario. La decisión se fundamentó en que los planteos del recurrente no demostraron arbitrariedad ni violación constitucional.

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Actor: La demandada CELESUR S.A. Demandado: La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario y la sentencia de la Sala Segunda. Objeto: La admisión del recurso de inconstitucionalidad contra el acuerdo 94 del 8 de junio de 2020, que confirmó la sentencia que hizo lugar a la pretensión de la subcontratista actora, en un proceso por daños y perjuicios relacionados con la ejecución de una obra. Decisión: La Corte rechazó la queja por infundada, confirmando que los argumentos de la recurrente no lograron demostrar arbitrariedad ni vulneración constitucional, y que las decisiones judiciales se ajustaron a las reglas de razonabilidad y legalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte analizó que los planteos del recurrente consistían en una reiteración de argumentos sobre interpretación contractual y valoración probatoria, cuestiones que corresponden a derecho común y no a cuestiones constitucionales. Se señaló que los jueces de instancia valoraron correctamente la prueba y la interpretación de las cláusulas contractuales, en línea con las normas civiles y comerciales aplicables, y que no se evidenció arbitrariedad en su decisión. Se citó que “las cuestiones atinentes a la exégesis de la voluntad contractual son materia de derecho común ajena a la instancia extraordinaria” y que “la doctrina de la arbitrariedad no cubre las temáticas discutibles u opinables”. La Corte también consideró que los agravios relacionados con el monto de condena estaban insuficientemente fundamentados. La disidencia resaltó que la postulación del recurrente tenía “prima facie” suficiente asidero en las constancias de autos y podría configurar hipótesis de inconstitucionalidad.

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