ROMERO, CRISTIAN HORACIO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL ROMERO, CRISTIAN HORACIO A. s/ DESOBEDIENCIA A UN MANDATO JUDICIAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja del imputado contra el acuerdo que confirmó la condena por desobediencia en un caso de incumplimiento de orden de exclusión del hogar, considerando que la resolución no evidenciaba arbitrariedad ni violación constitucional.
- Quién demanda: Cristian Horacio Romero (imputado).
¿A quién se demanda?
Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Vera (resolución del acuerdo 513/2019).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que la resolución de la Cámara sería arbitraria y violatoria de derechos constitucionales, en particular por omisión de fundamentación y por desconocimiento de la ley provincial 11529.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por no evidenciar arbitrariedad ni vulneración constitucional, confirmando que la resolución de la Cámara se fundamentó en la valoración de la prueba y en la interpretación adecuada del derecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La impugnación no ha de prosperar en ninguno de esos aspectos ya que de la lectura del escrito recursivo y su confrontación con la sentencia atacada surge que, en sustancia, se discute la interpretación que de los hechos, pruebas y derecho común realizó la Cámara en ejercicio de funciones propias, sin que se avizore la presencia de una cuestión constitucional que habilite la intervención de esta Corte." "En relación a la invocada arbitrariedad en la que habría incurrido el Tribunal al convalidar la condena por el delito de desobediencia, cabe señalar que la compareciente no logra persuadir a esta Corte de que las apreciaciones efectuadas por el Tribunal encuadren en alguna hipótesis de arbitrariedad que habilite la vía excepcional intentada." "Ello es así, por cuanto el agravio versa sobre una materia de derecho común opinable y la recurrente no logra desvirtuar la respuesta que la Alzada ensayara sobre el punto, ni convencer a esta Corte de que el criterio asumido exceda la exégesis aceptable de los preceptos legales en juego." "Por ello, la Corte resuelve: Rechazar la queja interpuesta."
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