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FIGUEROA, GERARDO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL FIGUEROA, GERARDO s/ ROBO CALIFICADO EN TENTATIVA- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR EL COLEGIO DE CAMARA)

La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que condenó a Gerardo Figueroa por delitos en grado de tentativa y consumados, anulando parcialmente la condena y remitiendo la causa para un nuevo juicio, por alterar principios del sistema acusatorio y vulnerar el derecho de defensa.

Derecho de defensa Nulidad Anulacion parcial Garantia del debido proceso Recurso de inconstitucionalidad Agravamiento de pena Principios del sistema acusatorio Cambio de calificacion juridica Presuncion de enmienda Remision a nuevo juicio.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor demandó en nombre de Gerardo Figueroa contra la sentencia que lo condenó a 5 años y 2 meses de prisión, por delitos de robo calificado en grado de tentativa y en grado de consumación, en procesos separados. La Corte analizó si la sentencia vulneró principios del proceso acusatorio y el derecho de defensa, por haber modificado sorpresivamente la calificación jurídica durante el juicio, imponiendo una condena mayor a la solicitada por la fiscalía, sin haber sido parte del debate previo. La sentencia de primera instancia y la apelada condenaron a Figueroa por robo consumado y en tentativa, pero la sentencia de la Cámara de Rosario modificó la grado de consumación sin que ello fuera objeto de discusión en el proceso, afectando el derecho a la defensa y el debido proceso. La Corte concluyó que esa modificación constituye una afectación a garantías constitucionales, en tanto impidió al imputado defenderse en igualdad de condiciones, y que el cambio de calificación fue sorpresivo y no previsto en el debate. Además, la variación de la pena resultó en un exceso jurisdiccional, puesto que se aplicó una sanción mayor a la pedida por la fiscalía sin justificación legal. La Corte declaró la procedencia del recurso, anuló parcialmente la sentencia, y ordenó que la causa sea remitida a un tribunal que evalúe la continuidad de la acción penal y la subsistencia de la causa. La mayoría de los ministros coincidieron en que la modificación sin base en el debate vulneró derechos constitucionales, y que la causa debe ser reanudada conforme a las pautas sentadas, garantizando el derecho de defensa y el debido proceso.

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