COMUNA DE SAN MARIANO c/ BUSSO, MONICA MARIA -OTROS APREMIOS FISCALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte de Santa Fe rechazó la queja contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad presentada por la Municipalidad de San Mariano. La decisión se fundamentó en la insuficiencia del memorial recursivo y en la ausencia de arbitrariedades en la resolución de primera instancia.
Actor: Municipalidad de San Mariano (Demandada en la causa original). Demandado: La parte recurrente, en este caso, la demandada que interpuso el recurso de inconstitucionalidad. Objeto: La revisión de la decisión judicial que hizo lugar parcialmente a la demanda y rechazó el recurso de inconstitucionalidad, alegando que el título ejecutivo era nulo por contener rubros no exigibles y por incumplimiento de procedimientos administrativos. Decisión: La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja interpuesta por la demandada, confirmando la denegación del recurso de inconstitucionalidad y declarando perdido para la recurrente el depósito efectuado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El memorial del recurso de inconstitucionalidad carece del detalle suficiente de la base fáctica y de los antecedentes relacionados con las cuestiones constitucionales, impidiendo a esta Corte comprender las circunstancias relevantes del caso, y carece de fundamentación idónea que permita franquear el acceso a esta instancia de excepción. La recurrente no logra demostrar, siquiera en un grado liminar, que las causales de descalificación guardan conexión con la realidad del caso o que la decisión dependa de arbitrariedades, quedando sus planteos en el plano de la mera disconformidad con el criterio del juez de primera instancia. La resolución de la sentencia impugnada, que analizó y fundamentó la validez del título ejecutivo y la legalidad del procedimiento, no evidencia arbitrariedad ni incumplimiento constitucional suficiente para admitir el recurso de queja." No se abordaron en la sentencia aspectos vinculados a nulidades específicas del título, ni irregularidades en las notificaciones, ya que las alegaciones del recurrente no lograron acreditar dichas irregularidades, y las decisiones judiciales se fundamentaron en un análisis razonado y suficiente de los elementos probatorios y normativos.
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