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VALDEZ, JOSE LUIS c/ ASOCIART ART S.A. -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la aseguradora Asociart A.R.T. contra una sentencia que confirmó la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley de riesgos del trabajo y modificó tasas e intereses en una causa por accidente laboral. La Corte sostuvo que la quejosa no logró demostrar arbitrariedad ni vulneración constitucional, confirmando la decisión de la Cámara de mantener los fundamentos de la sentencia de primera instancia.

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Actor: Asociación aseguradora Asociart A.R.T. S.A. Demandado: Juez de primera instancia y Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe. Objeto: Impugnar la constitucionalidad del artículo 14 inciso 2 apartado a) de la ley 24557, y cuestionar la decisión de mantener ciertos criterios en la liquidación de intereses y porcentaje de incapacidad laboral. Decisión: La Corte rechazó la queja y confirmó la resolución de denegar la concesión del remedio extraordinario, por entender que los argumentos del recurrente no demostraron arbitrariedad ni violación constitucional, sino una mera discrepancia en la valoración de la prueba y del derecho común.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La quejosa no cumplió con la carga de rebatir de manera específica los motivos del auto denegatorio, limitándose a consideraciones genéricas que no evidencian conexión con alguna hipótesis de inconstitucionalidad prevista en la ley 7055. La declaración de inconstitucionalidad del artículo 14.2.a de la ley 24557 fue limitada a la descalificación del tope máximo del decreto 1278/2000, sin afectar el piso mínimo del decreto 1694/2009, conforme a lo decidido en el fallo. La valoración del porcentaje de incapacidad (56%) basada en la pericia médica y la normativa vigente fue considerada fundamentada y acorde a la normativa del decreto 659/96, sin que la recurrente aportara elementos concretos que sustenten su discrepancia. La utilización del "IBM" en los cálculos fue considerada un ejemplo, no afectando la liquidación definitiva, y la queja carece de conexión constitucional. La Corte concluyó que los argumentos de la recurrente son una mera discrepancia con la valoración judicial, y que no se acreditó arbitrariedad ni vulneración constitucional suficiente para admitir el remedio extraordinario.

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