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IBM ARGENTINA S.A. c/ PROVINCIA DE SANTA FE -DEMANDA ORDINARIA-INCIDENTE DE HONORARIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Provincial rechaza la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la regulación de honorarios en un proceso civil, confirmando la decisión de la Cámara de Apelación que consideró la cuestión como de naturaleza procesal y no susceptible de revisión extraordinaria.

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- Quién demanda: La actora (parte recurrente).

¿A quién se demanda?

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revisión de la denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución nro. 242/18, que reguló honorarios profesionales en $531.998 en un proceso de instancia superior.

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial rechazó la queja y confirmó la decisión de la Cámara, argumentando que las cuestiones de honorarios son insusceptibles de revisión por vía de inconstitucionalidad, y que la discrepancia manifestada por la parte recurrente carece de entidad constitucional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones de honorarios resultan, por regla, insusceptibles de revisión mediante la vía extraordinaria del recurso de inconstitucionalidad, así como también que la determinación del interés comprometido en el juicio y las bases consideradas a tal fin, así como la interpretación y aplicación de las normas arancelarias, son ajenas -en principio
- al recurso extraordinario en virtud de su carácter fáctico y procesal... No se advierte en las presentes actuaciones la configuración de alguna de las causales de excepción referidas. La compareciente no logra demostrar que lo resuelto importe agravio constitucional, toda vez que del cotejo de la pieza recursiva con la sentencia impugnada surge claro que la pretendida tacha de arbitrariedad sólo arroja la mera discrepancia, sin entidad constitucional, para con el criterio sostenido por los jueces en la resolución impugnada." Además, se destaca que la parte recurrente no logró demostrar que la resolución haya implicado un agravio constitucional ni que incurriera en arbitrariedad, pues las cuestiones de honorarios y la regulación de los mismos son materia procesal que escapa a la revisión por vía de inconstitucionalidad.

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