MAUMARY, CLAUDIO MARCELO c/ NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. s/ RECURSO DIRECTO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe rechazó el recurso de queja contra la denegatoria del recurso de apelación en un proceso por medidas preparatorias. La decisión se fundamenta en que el recurso no cumple requisitos formales y que la cuestión es de naturaleza procesal, no de fondo.
- Quién demanda: Claudio Marcelo Maumary
¿A quién se demanda?
Nuevo Banco de Santa Fe S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra providencia que denegó ampliación de prueba informativa (consulta IP y puertos de conexión)
¿Qué se resolvió?
La Cámara de apelaciones rechazó la queja y confirmó la denegatoria de la apelación en subsidio, considerando que la cuestión es de naturaleza procesal y que la apelación fue oportunamente desestimada por la magistrada de grado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La función de este Tribunal de Alzada, en orden a la queja, presupone un análisis a priori, casi formal o, en el mejor de los casos, circunscripto a la enunciación de los agravios que el escrito de queja dirige contra el auto denegatorio. Por ello, debe viabilizarse la apertura del recurso cuando se aprecia la existencia de un supuesto que prima facie pueda eventualmente conformar uno o más agravios que merezcan su apertura." "Desde tal perspectiva, se observa que la Sra. jueza de anterior instancia denegó correctamente el recurso de apelación intentado en subsidio. La providencia de fecha 01.10.2019 no fue oportunamente cuestionada por la recurrente. Además, la ampliación de la prueba solicitada resulta extemporánea y no se configura un gravamen irreparable." "Todo lo relativo al trámite del proceso, que no ocasione un gravamen irreparable o produzca la paralización del juicio, es impugnable sólo por vía de reposición o incidente de nulidad y no por el recurso de apelación. La cuestión debatida reviste naturaleza eminentemente procedimental y, en consecuencia, la decisión resistida no constituye sentencia definitiva ni auto que cause gravamen irreparable." "Por las razones expuestas, corresponde rechazar la queja y confirmar la denegatoria del recurso de apelación en subsidio." El tribunal también destacó que la naturaleza de las medidas preparatorias es de carácter no contencioso y que la cuestión planteada no produce gravamen irreparable, por lo que no procede la apertura del recurso de apelación.
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