GONZALEZ, WALTER MATIAS c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe confirmó la procedencia del recurso de González contra la resolución que denegó su ingreso como Suboficial de Policía, estableciendo que tenía derecho a ser designado desde 2012 y condenando a la Provincia a pagar salarios caídos y costas.
- Quién demanda: Walter Matías González
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Anulación de la resolución 505/14 y reconocimiento del derecho a ingreso definitivo como Suboficial de Policía en 2012, además del pago de salarios caídos y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la ilegitimidad de la resolución y ordenó el ingreso del actor, además de condenar a la Provincia al pago de salarios caídos por dos años y costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La resolución impugnada presenta vicios manifiestos en el elemento causa, pues la exclusión dispuesta no encuadra en ninguno de los supuestos legales (art. 33, ley 12.521). La causa contravencional en razón de la cual no se le permitió el ingreso a la Policía finalizó por perdón judicial, que no equivale a condena. La normativa aplicable establece que no podrán ingresar quienes tengan condenas firmes, procesados sin sobreseimiento o antecedentes por contravenciones, salvo que exista perdón judicial, pero en este caso, el perdón no borra la comisión de la infracción. La decisión administrativa de denegar el ingreso carece de fundamento válido, dado que el acto está suficientemente fundado en la causa contravencional y fue dictado por la autoridad competente. La selección del personal de seguridad requiere un control estricto de antecedentes, y en este caso, el antecedente por conducción peligrosa, perdonado, no justifica la exclusión." "El actor tenía derecho a ser designado en comisión desde el 20.9.2012 y a ser confirmado al 20.3.2013, por lo que la resolución que denegó su ingreso resulta ilegítima. Además, corresponde condenar a la Provincia de Santa Fe a pagar los salarios caídos desde esa fecha por dos años, con intereses, y costas." (Se incluyen votos en disidencia del juez Barberio, quien se abstuvo de opinar).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: