SCOLERI, SILVIA ELENA c/ ATILIO O. SALAS INMOBILIARIA S.R.L. s/ OTRAS DILIGENCIAS
La Cámara de Apelación de Circuito desestimó un recurso de queja por apelación denegada en un proceso por caducidad de instancia. La decisión se fundamentó en que la ley 13.615 establece la irrecurribilidad del rechazo del planteo de caducidad, confirmando la validez de la resolución del juez de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Silvia Elena Scoleri A quién se demanda (Demandado): Atilio O Salas Inmobiliaria SRL Qué se reclama (Objeto de la demanda): Recurso de queja por la denegación de su apelación contra la resolución judicial que rechazó un pedido de declaración de caducidad de instancia. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Cámara de Apelación de Circuito desestimó el recurso de queja y confirmó la resolución del juez de primera instancia, argumentando que la ley 13.615 establece que la resolución sobre la caducidad sólo es apelable si la declara, por lo que no corresponde la apelación contra el rechazo. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal señaló que, pese a las expresiones y argumentaciones de la recurrente, no expuso un argumento normativo o jurisprudencial que contradiga la interpretación de la ley 13.615, que en su artículo 232 establece que "La resolución sobre la caducidad sólo es apelable si la declara". Citó además la causa "Ferreyra, Carolina Lorena c/ Olivero, Graciela Rita", en la que se explicó que la ley actual sella la suerte de la apelación en estos casos y que el tribunal no puede reformar el criterio legal ni formular juicios de mérito sobre la constitucionalidad del ordenamiento en cuestión. La resolución del tribunal fue que la ley es clara y debe acatarse en forma estricta, rechazando el recurso de queja.
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