DANIELIS, LEANDRO AGUSTIN c/ GIMENEZ LASSAGA, EDUARDO A. s/ APREMIOS
La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Santa Fe resolvió que la cuestión planteada sobre recusación y separación de la jueza Galván fue declarada abstracta por la separación del cargo, y confirmó la improcedencia del planteo en virtud del ámbito de revisión limitado a la intervención judicial.
Quién demanda (Actor): Parte demandante (no especificado en el fallo, pero implica la parte que solicitó la recusación y la elevación de autos). A quién se demanda (Demandado): La jueza Noemí Galván (por su eventual recusación y separación del cargo). Qué se reclama (Objeto de la demanda): Cuestión de recusación con causa y posible separación de la jueza Galván, con planteo de nulidades y efectos jurídicos sobre la causa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró abstracta la cuestión planteada respecto a la recusación y separación de la jueza Galván, por haberse separado del cargo, haciendo inaplicable la discusión sobre la recusación en la causa. Además, impuso las costas en el orden causado. Fundamentos principales de la decisión: "El recurso de apelación fue interpuesto en el iter de la configuración subjetiva del proceso, más precisamente en la que calificada doctrina denomina competencia subjetiva y que en términos menos técnicos denominaríamos aptitud del magistrado para intervenir o ejercer Jurisdicción en la causa. Sólo a ello y, en su caso, a sus consecuencias, está circunscripto el debate en esta instancia. Toda otra alegación, lo excede y pondría a este Tribunal en la situación de fallar de manera incongruente, extra o ultra petita; y, eventualmente, incurrir en prejuzgamiento. Con tal inteligencia, estando limitado el conocimiento de la Cámara a la intervención o no de la doctora Galván como Jueza en la causa, su separación del cargo torna abstracta la cuestión a decidir." "En base a los argumentos reseñados, corresponde, pues, declarar abstracta la cuestión a decidir en esta instancia e imponer las costas de la misma en el orden causado." El tribunal también realizó una reflexión sobre la correcta actuación en materia de recusación, señalando la importancia de la cita específica de artículos y la afectación de la imparcialidad del juez, y destacó que la separación del cargo de la jueza Galván hacía innecesaria la resolución del fondo del planteo.
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