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GULI, MANUEL ANDRES c/ ARGENPAR S.A. s/ DEMANDA LABORAL

La Cámara de Apelación Laboral de Rosario revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, limitando los efectos de la condena al período no prescriptos, tras analizar los argumentos sobre la aplicación del convenio colectivo y la prueba testimonial.

Recurso de apelacion Honorarios Prueba testimonial Costas procesales Convenio colectivo Sentencia laboral Representacion gremial Limites temporales Derecho laboral santa fe Cct 632/11


- Quién demanda: Manuel Andrés Guli

¿A quién se demanda?

Argenpar S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Condena por reclamos laborales, incluyendo rubros previsionales y salarios adeudados, basados en la aplicación del CCT 632/11 y otras cuestiones laborales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la pronunciamiento de la sentencia de primera instancia, limitando la condena al período no prescriptos, y declaró desierto el recurso de nulidad de la empleadora; además, impuso las costas a la recurrente y fijó honorarios del 50%.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En orden a las postulaciones de la quejosa sobre el apercibimiento procesal derivado de su ausencia injustificada a la audiencia de trámite, parece necesario abundar en que los efectos jurídicos del mecanismo presuncional consagrado por el legislador adjetivo para tal supuesto (art. 66, CPL) se circunscriben a la verosimilitud -salvo prueba en contrario
- de los hechos expuestos en la demanda; de tal suerte que resultan notoriamente inconducentes las críticas con basamento en la confesión ficta 'de las absoluciones propuestas en el pliego' (fs. 299vta.) y que 'ninguna de dichas absoluciones hace referencia a que se aplique un CCT diferente al siempre alegado por mi mandante' (fs. 300)." Además, el tribunal resaltó que "la impugnante no ha aportado ningún argumento que conmueva el fundamento central que confiere sustento al decisorio, esto es, la orfandad probatoria respecto de la representatividad del sector empresario en la norma convencional aplicada a la relación jurídica sustancial (CCT 513/07); extremo que no presenta mayores dificultades probatorias, desde que bastaba con un simple requerimiento de informes a la entidad en que la empleadora refiere haber estado afiliada y representada a nivel colectivo." Asimismo, se consideró que la prueba testimonial y los informes oficiales confirmaron las funciones y categoría laboral del actor, sosteniendo que "los argumentos hasta aquí expuestos conducen a proponer la recepción parcial del recurso de apelación intentado por la accionada y la consiguiente revocación del pronunciamiento recurrido, solo en lo referido al período computable para el cálculo de los rubros receptados (limitado al período no prescripto)."

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