NACRE, JOSE DANIEL s/ HOMICIDIO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, ETC. s/ APELACION SENTENCIA CONDENATORIA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Venado Tuerto confirmó parcialmente la condena de José Daniel Nacre, modificando la pena a 15 años por homicidio con dolo eventual. El tribunal sostuvo que el acusado actuó con conocimiento del riesgo y desprecio por la vida ajena.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Venado Tuerto revisó la sentencia que condenó a José Daniel Nacre por homicidio simple con dolo eventual, en concurso con encubrimiento y resistencia a la autoridad. La sentencia original dictó 17 años de prisión y la Cámara redujo la pena a 15 años. Los fundamentos principales consideran que Nacre actuó con conocimiento del peligro y aceptación del riesgo, con desprecio por la vida. La defensa cuestionó la valoración probatoria, la interpretación normativa y la individualización de la pena, pero el tribunal ratificó el fallo y justificó la calificación legal y la pena en base a la conducta dolosa y la gravedad del hecho. La Fiscalía y querellantes coincidieron en la validez de la decisión, destacando la gravedad del daño y la imprudencia del imputado.
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