ODI, GLADYS BEATRIZ c/ GONZALEZ, HUGO A. Y OTROS -DAÑOS Y PERJUICIOS-Y SU ACUMULADO GONZALEZ, HUGO A. Y OTROS c/ SAVYC S.A. Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que rechazó parcialmente una demanda por daños y perjuicios, anulándola y remitiendo la causa a un tribunal subrogante para un nuevo juicio.
- Quién demanda: Gladys Beatriz ODI
¿A quién se demanda?
Hugo A. González y otros, en el marco de un proceso por daños y perjuicios.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de la Cámara de Rosario que rechazó parcialmente la responsabilidad del Municipio de Rosario en un siniestro, y la cuantificación del daño por destrucción de un vehículo.
¿Qué se resolvió?
La Corte admitió el recurso de inconstitucionalidad, declaró la inadmisibilidad parcial en relación a la responsabilidad del Municipio, y anuló la sentencia en cuanto a la indemnización por destrucción del vehículo, remitiendo para un nuevo análisis.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte consideró que los agravios relacionados con la responsabilidad del Municipio no estaban suficientemente acreditados, ya que la Cámara se hizo cargo de que no se había probado que la cosa riesgosa estuviera afectada a la obra pública en el momento del hecho. “El daño ocasionado no resultó de la obra pública en sí encargada por el Estado” y “la responsabilidad de la Municipalidad se fundó pura y exclusivamente en la vinculación contractual con SAVYC S.A.”. Respecto a la cuantificación del daño por destrucción del vehículo, la Corte encontró que la valoración de los jueces de la causa no consideró la realidad económica, la devaluación, ni el valor actual para adquisición de un vehículo similar. “La solución notoriamente injusta en función de los elementos que contaba” y “la diferencia sustancial entre lo reclamado y lo obtenido en compensación”. Se ordena que la causa vuelva a ser juzgada en ese aspecto. La Corte también analizó otros agravios que fueron considerados inadmisibles por falta de fundamentación suficiente o que excedían el recurso de inconstitucionalidad. La decisión se fundamenta en que los agravios sobre montos indemnizatorios y valoración probatoria son materia reservada a los jueces de la causa, y que no se acreditó afectación constitucional que amerite la vía excepcional. Sin embargo, en los aspectos constitucionales, el recurso procede y la sentencia se anula.
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