RENOVA S.A. c/ PROVINCIA DE SANTA FE -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)
La Corte Suprema de Santa Fe declaró la inadmisibilidad de la declaración de caducidad de la instancia por parte de la Cámara y luego la anuló, ordenando que el tribunal reexamine el asunto, por considerar que la resolución impugnada carecía de fundamentos adecuados y vulneraba derechos constitucionales.
- Quién demanda: RENOVA S.A.
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe en el marco de un recurso contencioso administrativo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la declaración de caducidad de la instancia, por supuesta arbitrariedad y vulneración del derecho a la jurisdicción.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, anuló la resolución de la Cámara que declaró la caducidad, y ordenó remitir los autos para que el tribunal de origen juzgue nuevamente la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se consideró que la resolución de la Cámara adolecía de autocontradicciones en sus fundamentos, pues afirmó que la caducidad se computaba a partir del día siguiente al último acto impulsorio, pero luego consideró operada la caducidad un día antes del correcto cómputo, generando una contradicción. Se indicó que la declaración de caducidad implicó un exceso ritual manifiesto, que vulneraba el derecho a la jurisdicción y el principio in dubio pro actione. La interpretación del plazo de caducidad, basada en el artículo 232 del Código Procesal Civil y Comercial, determina que el cómputo comienza desde el día siguiente al último acto impulsorio, excluyendo ese mismo día. La Corte citó jurisprudencia nacional que respalda la interpretación de que el plazo inicia al día siguiente de la última actividad procesal. La resolución de la Cámara no motivó adecuadamente su decisión, incumpliendo requisitos constitucionales, por lo que fue declarada nula. La decisión se fundamentó en la necesidad de garantizar el derecho a la jurisdicción, evitando resoluciones arbitrarias y sin fundamentos adecuados.
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