R., R. V. s/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE REITERADO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirma la condena de cinco años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante. La decisión se basa en la credibilidad del relato de la víctima y la valoración integral de la prueba, rechazando los agravios de la defensa y la Fiscalía.
Actor: Fiscalía y Defensa (recurren en apelación contra la sentencia de primera instancia). Demandado: R. V. R. Objeto: Revisión de la sentencia, con pedidos de revocación de la condena y cambios en las medidas cautelares. Decisión: Se confirma la sentencia de condena a cinco años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la credibilidad del relato de la víctima en Cámara Gesell, avalada por informes periciales y testimonios de profesionales. Se sostuvo que la declaración de la menor es coherente, detallada y creíble, y que la valoración de la prueba fue adecuada. Se confirmó que los hechos ocurrieron en un contexto de reiteración, con modalidad y modalidad precisas que configuran el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, dada la edad de la víctima y la naturaleza de los actos. La valoración de la prueba fue considerada razonable y suficiente para acreditar la responsabilidad del imputado. Respecto a la pena, se consideró adecuada y no arbitraria la cantidad de años impuesta, justificando la extensión por la gravedad de los hechos, la afectación emocional de la víctima y la particularidad del abuso. La revisión de las medidas cautelares y la morigeración de la prisión preventiva también fueron confirmadas, ya que no existían indicios suficientes de peligrosidad procesal. La sentencia se dictó en un marco de fundamentación sólida, sin arbitrariedades ni omisiones relevantes, y en consonancia con la valoración de la prueba realizada en primera instancia.
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