DOLCI, LARA AGOSTINA c/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORROS PARA FINES DETERMINADOS s/ DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revoca la decisión de primera instancia y concede la medida cautelar solicitada, ordenando a Volkswagen SA de Ahorro para Fines Determinados mantener la cuota del plan de ahorro de Lara Dolci al valor vigente al 1 de junio de 2020, por 180 días.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Lara Dolci, demanda la suspensión de aumento de cuotas en un plan de ahorro para adquisición de vehículo, alegando desproporcionalidad y dificultad para afrontar los pagos debido a la inflación y a la situación económica agravada por la pandemia.
- La demandada, Volkswagen SA de Ahorro, fue requerida a mantener las cuotas al valor del 1 de junio de 2020, argumentando que la relación es un contrato de consumo de adhesión, y que los aumentos en las cuotas son permitidos por la normativa aplicable y las cláusulas contractuales.
- La resolución de primera instancia rechazó la medida cautelar por entender que no existía peligro en la demora ni verosimilitud del derecho, además de considerar que las medidas cautelares innovativas requieren una evaluación prudente y que las vías procesales ordinarias son más adecuadas para discutir la materia.
- La Cámara, en cambio, entendió que en las circunstancias actuales y con la evidencia presentada, existía una clara desproporción en los aumentos de cuotas respecto a los ingresos del consumidor, y que la situación generaba un evidente riesgo de incumplimiento y daño irreparable, por lo que concedió la medida cautelar por 180 días, retrotrayendo las cuotas al valor del 1 de junio de 2020.
- Además, se ordenó el otorgamiento de contracautela, considerando la situación del consumidor y la existencia de una prenda sobre el vehículo, garantizando un acceso efectivo a la jurisdicción.
Fundamentos principales:
“La protección que genera la legislación respectiva hace que los derechos conculcados sean los del consumidor, ya sea por falta de información, cláusulas nulas de fijación unilateral de la cuota etc. (...) la situación de la actora, en particular su pago puntual hasta la fecha, y la disparidad entre el aumento de cuotas y sus ingresos, configuran un escenario de riesgo inminente y daño irreparable. La verosimilitud en el derecho surge de los comprobantes y las circunstancias de público conocimiento, como la inflación sostenida y la devaluación del peso, que afectan la capacidad de pago del consumidor. La medida cautelar busca evitar un daño colateral y garantizar la igualdad en la relación contractual, en línea con la protección del consumidor prevista en la Ley 24.240 y la normativa aplicable.”
“El carácter de relación de consumo y la naturaleza de contrato de adhesión justifican la adopción de medidas preventivas que equilibren la desigualdad de las partes. La situación revela que los aumentos en las cuotas son excesivos y desproporcionados, y que la prolongación del proceso puede generar efectos dañosos irreparables a la parte más débil, en este caso, la consumidora.”
PALAB
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