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ALOMAR, ALEJANDRO DAVID Y FLORES, HERNAN IVAN -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL ALOMAR, ALEJANDRO DAVID; FLORES, HERNAN IVAN s/ VIOLACION DE MEDIDAS ADOPTADAS CONTRA UNA EPIDEMIA-DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario interpuesto contra una resolución que confirmó la decisión de no admitir el recurso de inconstitucionalidad, argumentando la falta de requisitos formales y sustanciales para su aceptación. La sentencia sostiene que los agravios no logran demostrar arbitrariedad ni violación de derechos constitucionales, por lo que la vía federal no resulta procedente.

Arbitrariedad Recurso de queja Apelacion Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Requisitos formales Denegacion Decision judicial Corte provincial Santa fe.

Actor: La defensa de los imputados Alejandro David Alomar y Hernán Iván Flores. Demandado: La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (Tribunal de origen). Objeto: La concesión del recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra una resolución que negó la admisión del recurso de inconstitucionalidad local. Decisión: La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, considerando que la recurrente no cumplió con los requisitos formales ni sustanciales necesarios, y que sus agravios se limitan a discrepancias interpretativas, sin demostrar arbitrariedad o lesión constitucional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso deducido por la compareciente no cumple con los recaudos dispuestos en los incisos 'd' y 'e' del artículo 3 del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La recurrente intenta rebatir los fundamentos del fallo impugnado, pero no logra concretar una crítica razonada ni desvirtuar los argumentos que sustentan la resolución. En sus agravios, la presentante expone que la resolución de esta Corte eludió el tratamiento de cuestiones planteadas, achacando además falta de fundamentación y arbitrariedad, pero estos cuestionamientos son insuficientes para descalificar la decisión, ya que la Corte expresó que la defensa no acreditó lesión en el caso ni demostró arbitrariedad o violación de derechos constitucionales." "Este Tribunal sostuvo que las disidencias de interpretación de las normas, en circunstancias en que los jueces de la causa explicaron adecuadamente sus fundamentos, no configuran una situación de arbitrariedad. La defensa no aportó razones que permitan desvirtuar la motivación del fallo, y sus agravios se limitan a expresar mera discrepancia. Por ello, la vía del artículo 14 de la ley 48 no resulta idónea para abrir la instancia federal, y la petición fue denegada."

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