G., J. G. s/ VIOLACION DE DOMICILIO, AMENAZAS CALIFICADAS POR EL USO DE ARMA BLANCA, DAÑO DOS HECHOS EN UN CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GENERO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la sentencia que condenó a G. por delitos de violación de domicilio, daños y, en unificación, por amenazas calificadas, rechazando los agravios de las partes y manteniendo la pena de ocho meses de prisión.
- Quién demanda: Fiscalía del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y Defensa del imputado (SPPDP).
¿A quién se demanda?
G., J. G.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de la absolución por amenazas calificadas y la pena impuesta. La fiscalía busca la condena por amenazas con arma blanca y aumento de la pena, mientras que la defensa solicita la absolución y una pena mínima.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la absolución por amenazas calificadas y la condena por delitos de daños y violación de domicilio en concurso real, manteniendo la pena de ocho meses de prisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal evalúa la prueba y concluye que no se acreditó la existencia de amenazas con arma blanca, ya que la prueba objetiva no respalda la declaración de la víctima. Se destaca que las declaraciones no tienen respaldo en otros elementos probatorios, y que no se probaron lesiones ni la existencia del arma. La sentencia del juez de primera instancia fue considerada lógica, fundada y respetuosa de las garantías constitucionales, aplicando el principio "in dubio pro reo" en favor del imputado. En relación a los delitos de daños y violación de domicilio, el tribunal afirma que están debidamente acreditados, por lo que confirma la condena impuesta. La valoración de la situación de vulnerabilidad del acusado y su contexto social llevó a mantener la pena de ocho meses, considerándose justa y proporcional. La revisión de las agravios fue considerada insuficiente para alterar la sentencia, que fue ratificada en todos sus extremos.
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