L., V. D. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL L., V. D. s/ GROOMING- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte provincial deniega el recurso extraordinario presentado contra una sentencia que rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en un caso por grooming. La decisión se fundamenta en que el recurso no cumple con los requisitos formales ni sustanciales para su admisión, y que las argumentaciones del recurrente son reiteraciones de cuestiones ya resueltas en instancia anterior.
Actor: La defensa de V. D. L. Demandado: La Corte provincial y la Cámara que dictó la sentencia atacada. Objeto: La concesión del recurso extraordinario federal contra la sentencia que resolvió la denegación de la queja por inconstitucionalidad en un proceso por grooming. Decisión: La Corte provincial deniega el recurso extraordinario por no cumplir con los recaudos formales y sustanciales, y por tratarse de una reiteración de agravios no fundados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso extraordinario federal deducido contra el fallo de este Cuerpo registrado en A. y S. T. 311, págs. 120/126, no cumple con los recaudos establecidos en los artículos 2° y 3° incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la Acordada 4/2007 del máximo Tribunal nacional. En efecto, la impugnante omite encabezar su escrito mediante una carátula con las formalidades prescriptas, no efectúa una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando debidamente todos y cada uno de los fundamentos independientes que dan sustento a la resolución apelada en relación con las cuestiones federales planteadas, ni demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho invocado." "Asimismo, cabe referir que al considerar inadmisible la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad local, este Tribunal, de inicio, reparó en que el memorial recursivo presentaba defectos en cuanto a la autosuficiencia de sus postulaciones a los fines de intentar acreditar la decisividad que las mismas tendrían en relación al resultado de la causa, advirtiéndose así que sus pretendidos agravios constituían una mera reiteración de los expuestos al apelar la sentencia de grado y que habían sido abordados y descartados por el A quo con motivación suficiente y razonable." "Por último, se rechazaron las postulaciones recursivas atinentes a la pena impuesta, toda vez que los agravios de la impugnante lucían desprovistos de adecuada motivación, al omitir explicitar cuáles fueron los puntuales cuestionamientos que sobre este tópico efectuara al apelar y la respuesta que brindara la Cámara a los mismos para confirmar el quantum de la sanción, careciendo así de entidad para des
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