CICHERO, WALTER FABIAN s/ HOMICIDIO EN OCASION DE ROBO AGRAVADO POR ARMA FUEGO Y TENTATIVA DE HURTO
La Cámara de Apelaciones confirma la condena contra Walter Fabián Cichero por homicidio en ocasión de robo agravado y tentativa de hurto, considerando que la valoración de las pruebas fue adecuada y que la sentencia se ajusta a derecho.
- Quien demanda (Actor): La parte impugnante, en este caso la defensa de Walter Fabián Cichero.
Demandado: La sentencia dictada en la causa CUIJ 21-06465763-9, que condenó a Cichero por homicidio en ocasión de robo agravado y tentativa de hurto.
Objeto: La nulidad del reconocimiento fotográfico, la valoración de la prueba, la extensión de la participación, y la punición, solicitando en su caso la absolución o reducción de pena.
Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando todos los agravios de la defensa y validando la valoración probatoria y la fundamentación del fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los magistrados tuvieron en cuenta diversos elementos probatorios que valorados en su integralidad, conforme las reglas de la sana crítica racional, los hizo concluir de la manera en que lo hicieron, dando fundamento al fallo, sin que las quejas defensistas permitan enervar el mismo. Las dudas que plantea la defensa en orden a la responsabilidad de Cichero no lucen razonables y carecen de andamiaje a poco de analizar los hechos, sus secuencias y dinámica, lo que termina dando respuesta a la mayoría de los interrogantes e incertidumbres que formuló el Dr. Armas ante esta Alzada en orden a la reconstrucción de lo acontecido." "En relación a la validez del reconocimiento fotográfico, se explica que la medida fue legal y se realizó en el marco de la investigación, cuando la identidad del sospechoso no había sido recabada, y que se cumplió con el rito procesal adecuado, sin vulnerar garantías constitucionales." "Respecto a la valoración del testimonio de Segovia, la Cámara considera que fue realizado con criterios racionales y que su relato, aunque pueda tener fragmentaciones o confusiones, mantiene un hilo conductor suficiente para sostener la responsabilidad del imputado." "Sobre la hipótesis alternativa de la defensa, la sentencia concluyó que no existen elementos que la sustenten, y que las pruebas indician la participación conjunta en el hecho, en el contexto de un plan delictivo común." "En cuanto a la pena, la Cámara considera que la individualización fue adecuada, que la sentencia se fundamentó en las circunstancias del hecho y del imputado, y que no existe arbitrariedad en la fijación de la pena de 19 años de prisión." "Por ello, los agravios no logran desvirtuar la valoración probatoria ni la fundamentación del fallo, que resulta ajustado a derecho."
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