RUIZ, ANGEL EDUARDO s/ HOMICIDIO SIMPLE
La Cámara de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo la pena de 16 a 12 años de prisión a Ángel Eduardo Ruiz, rechazando los agravios defensistas y considerando que las circunstancias del hecho justifican una pena menor.
- Quién demanda: Ángel Eduardo Ruiz (acusado)
¿A quién se demanda?
Cristian Gabriel Mautone (víctima)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Responsabilidad penal por homicidio simple y reducción de la pena impuesta.
¿Qué se resolvió?
Se confirma en lo sustancial la responsabilidad del acusado, pero se reduce la pena de 16 a 12 años de prisión. La Cámara consideró que las circunstancias del hecho y las condiciones personales del imputado justifican una pena menor, y rechazó los agravios defensistas sobre la existencia de emoción violenta y estado psíquico en el momento del hecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara valoró que no existió duda respecto a la materialidad del hecho y la responsabilidad de Ruiz en el homicidio de Mautone. Se desestimaron las cuestiones planteadas por la defensa sobre la existencia de un estado de emoción violenta, señalando que el lapso de tiempo entre el desencadenante y el acto homicida, así como las evidencias probatorias, no respaldan la teoría defensista. La sentencia de primera instancia valoró correctamente la evidencia, especialmente los testimonios de los asistentes a la fiesta, que describieron a Ruiz en estado alterado, portando cuchillos y actuando con agresividad. La Cámara también consideró que la conducta del acusado, en un contexto de disturbios en un evento público, resulta en una responsabilidad penal que no puede atenuarse por la supuesta emoción violenta, ya que existió tiempo suficiente para que reflexionara. La reducción de la pena se fundamentó en las circunstancias personales del imputado, su grado de instrucción, su conducta posterior al hecho, y la extensión del daño.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: