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SIMAAN, PABLO MIGUEL s/ HURTO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA, HURTO SIMPLE AGRAVADO POR LA PARTICIPACION DE UN MENOR, HURTO SIMPLE Y AMENAZAS SIMPLE

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario revocó una resolución que modificaba la calificación jurídica de un delito en un acuerdo abreviado sin consentimiento del imputado, ordenando la devolución del expediente para nuevo pronunciamiento.

Recurso de apelacion Revocatoria Derechos constitucionales Reenvio Control jurisdiccional Procedimiento abreviado Derechos del imputado Cambio de calificacion Modificacion calificacion juridica Acuerdo previo.


- Quién demanda: Pablo Miguel Simaan (imputado).

¿A quién se demanda?

La resolución del Tribunal Unipersonal que modificó la calificación del delito y la pena en un procedimiento abreviado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se declare la inadmisibilidad del recurso de apelación del Ministerio Público y que se mantenga la calificación jurídica y la pena acordada en primera instancia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Rosario dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó el reenvío del expediente al tribunal de primera instancia para dictar una nueva resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el precedente 'Araoz', la Corte Suprema afirmó que 'ante el cambio de la calificación, la motivación del monto de la pena no podía quedar inalterada, en la medida en que el tribunal oral sostuvo expresamente que el tipo seleccionado representaba un menor peligro para el bien jurídico 'seguridad pública' que el que había sido acordado'. La sentencia apelada omitió tratar las cuestiones planteadas en alzada, lesionando el derecho de defensa del recurrente, por lo que se revoca y se ordena reenvío para un nuevo pronunciamiento." "Asimismo, se concluyó que no puede sostenerse la eficacia vinculante del acuerdo previo de la defensa en la medida que la sentencia se estructuró sobre una calificación jurídica más gravosa que la aceptada por el imputado." "El cambio de calificación sin modificación en la pena y sin consentimiento del imputado vulnera el derecho a una adecuada motivación y al control jurisdiccional, por lo que la resolución que modificó la calificación sin acuerdo debe ser dejada sin efecto."

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