BANCO UNICOR COOPERATIVO LTDO. c/ UNIGRAN S.A. -DEMANDA ORDINARIA- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte de Santa Fe deniega el recurso extraordinario del Banco Central contra la sentencia que confirmó la regulación de honorarios en un proceso civil. La decisión se fundamenta en la insuficiencia de los argumentos para demostrar arbitrariedad y en la correcta aplicación del derecho local.
- Quién demanda: Banco Central de la República Argentina
¿A quién se demanda?
Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Concesión del recurso extraordinario contra la sentencia del 5 de octubre de 2021, que rechazó los recursos de inconstitucionalidad y confirmó la regulación de honorarios profesionales en un proceso civil.
¿Qué se resolvió?
La Corte deniega el recurso extraordinario por considerar que los agravios no cumplen con los requisitos legales, que las cuestiones planteadas son ajenas a la vía federal y que los fundamentos de la sentencia impugnada son suficientes y adecuados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte señala que "el escrito recursivo no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3°, incisos b), d) y e), del reglamento aprobado mediante Acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación", ya que "la recurrente no suministra un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso relacionadas con las cuestiones que se esgrimen como de índole federal". Además, se explica que "las alegaciones en torno a la invocada desproporción entre los honorarios regulados y la labor cumplida por los letrados... no dejan entrever más que la mera disconformidad de los recurrentes con el resultado de un debate ya agotado en las instancias ordinarias" y que "las cuestiones propuestas en el ámbito del recurso de inconstitucionalidad local fueron desestimadas por esta Corte con fundamentos suficientes". La decisión enfatiza que "no se advierte configurado un supuesto de gravedad institucional" y que "la adhesión formalizada por Banco Unicor Cooperativo Limitado -en liquidación
- al contestar el respectivo traslado, con respecto al recurso extraordinario deducido por el Banco Central... es improcedente". Por todo ello, la Corte concluye que "no se configura ningún supuesto que permita excepcionar la aplicación de lo dispuesto en dicha acordada".
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: