ESTRADA, MIGUEL ANGEL c/ PROVINCIA DE SANTA FE -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe admite la queja contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad en reclamo por reajuste de haberes previsionales. La resolución impugnada fue considerada arbitraria y se concede el recurso por considerar que la sentencia no garantizaba el derecho a la jurisdicción efectiva.
- Quién demanda: Miguel Ángel Estrada
¿A quién se demanda?
Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 de Rosario
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la decisión que rechazó su recurso de inconstitucionalidad contra el decreto 3814/18, en reclamo de reajuste de haberes previsionales conforme a la ley 12464 y la jurisprudencia vigente.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, considerando que la resolución de la Cámara incurrió en arbitrariedad al no tener en cuenta el cambio legislativo y jurisprudencial, y que la sentencia no garantizó el derecho a la jurisdicción. La resolución impugnada fue dejada sin efecto, ordenando que los autos principales sean elevados y se les imprima el trámite correspondiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La postulación del compareciente cuenta -prima facie
- con suficiente asidero en las constancias de la causa e importa articular con seriedad planteos que pueden configurar hipótesis de arbitrariedad con idoneidad suficiente como para operar la apertura de esta instancia extraordinaria a los efectos de examinar, con los principales a la vista, si la sentencia impugnada reúne o no las condiciones mínimas necesarias para satisfacer el derecho a la jurisdicción que acuerda la Constitución provincial."
El tribunal consideró que la decisión de la Cámara fue arbitraria al ignorar cambios legislativos y jurisprudenciales importantes, en particular la ley 12464 y la jurisprudencia de la Corte, y que la sentencia no garantizaba el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva. Se resaltó que la negativa de conceder el recurso de inconstitucionalidad en este caso vulneraba derechos constitucionales y que la decisión de la Cámara no evaluó adecuadamente los planteos del actor.
La resolución impugnada no reflejaba un análisis suficiente de la normativa y jurisprudencia actual, lo que justificó su nulidad y la apertura de la instancia extraordinaria para garantizar la protección de derechos constitucionales en el caso.
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