ZAPATA, CAROLINA INES c/ PROVINCIA DE SANTA FE -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ MEDIDA CAUTELAR
La Cámara de Santa Fe ordena el pago inmediato de la categoría profesional 3 a una enfermera que acreditó su desempeño y el cumplimiento de los requisitos para la promoción automática, señalando que la Administración no justificó la retención salarial y que la solicitud cumple con los requisitos legales.
- Quién demanda: Carolina Inés Zapata, enfermera profesional del Hospital S.A.M.Co. de Rafaela.
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de su desempeño en categoría 3 y pago de diferencias salariales desde su ingreso como personal de planta permanente, además de intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la medida cautelar solicitada, ordenando el pago provisional de la remuneración correspondiente a la categoría 3, dada la verosimilitud del derecho y el incumplimiento administrativo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La actora realiza tareas de enfermería profesional y cumple los requisitos del decreto 2695/83 para promoción automática en la categoría 16 (actual 3). La normativa prevé que la promoción automática se concreta al cumplir los requisitos y en la fecha indicada, y la Administración no acreditó que existan impedimentos presupuestarios o legales para su reconocimiento. La demanda fue considerada fundada en la probabilidad de su derecho, y la omisión de la Provincia genera un daño de difícil reparación y un perjuicio económico y moral a la actora. La jurisprudencia y doctrina citadas respaldan la procedencia del reconocimiento, y se destaca que la medida cautelar es de carácter provisional y que la negativa de la Administración vulnera derechos constitucionales y estatutarios.
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