PEREZ, CARLOS c/ MAITAL S.A. Y OTROS s/ LABORAL
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe confirma la decisión de la jueza de primera instancia que rechazó la demanda laboral del veterinario Carlos René Perez y hace lugar a las demandas de las empresas Maital SA y Florana SA, tras analizar la naturaleza autónoma de los servicios prestados.
- Quién demanda: Carlos René Perez, veterinario.
¿A quién se demanda?
Maital SA y Florana SA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de relación laboral y cobro de sumas por supuestos servicios en relación de dependencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma que la prestación del actor no fue en relación de dependencia, sino en carácter de servicios profesionales autónomos, y rechaza la demanda laboral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El máximo tribunal federal ha dicho: 'el propio artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo [...] admite que la prestación de servicios se cumpla bajo una forma jurídica ajena a la legislación del trabajo, siendo la locación de servicios autónomos un contrato civil típico y habitual en el ámbito de los servicios profesionales' (C.S.J.N., 24/04/2018, Rica, Carlos M. c. Hospital Alemán y otros s/ despido).
Asimismo, 'cuando se trata de una prestación que brinda un profesional universitario ... a una empresa dentro del ámbito de sus incumbencias lo corriente es que dicha vinculación no se dé a través de la figura típica del contrato de trabajo' (CNAT, Sala VIII, 16/07/10, Conte, Gonzalo Luis c. Cat Technologies Argentina S.A. y otros).
En el caso, el tribunal analizó que el actor tenía múltiples clientes, atendía clínicas y realizaba tareas en diferentes establecimientos, lo que evidencia una relación autónoma. Además, la existencia de registros impositivos como autónomo y la realización de tareas en otros ámbitos refuerzan la conclusión de que no existió subordinación ni dependencia laboral."
- Votos en disidencia: La Dra. Abele se abstuvo en las cuestiones de nulidad y costas, y no expresó disidencia sobre la confirmación de la sentencia.
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