SINDICATURA BANCO BID c/ CATALDI, ROBERTO VENANCIO -EXTENSION DE QUIEBRA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una resolución que autorizaba un acuerdo transaccional en un proceso de quiebra. La decisión se fundamentó en que el recurso no cumplía con el requisito de definitividad, dado que existía un recurso de apelación en trámite que impedía su procedencia.
- Quien demanda (Actor): El fallido Roberto Cataldi.
Demandado: La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto.
Objeto: La revisión de la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad y que permitió la autorización del acuerdo transaccional en el proceso de quiebra.
Decisión: La Corte Suprema rechazó la queja por considerar que el recurso de inconstitucionalidad no era procedente, ya que no se cumplía con el requisito de definitividad, dado que existía un recurso de apelación en curso, y que la resolución impugnada no era definitiva. La resolución de la Corte resaltó que "el tránsito directo hacia esta Corte conculca... el recaudo de definitividad del decisorio atacado." La resolución del Tribunal de origen fue apoyada en que "no podía reputarse cumplido el requisito de pronunciamiento definitivo o equiparable a tal." El fallo también citó fallos de la Corte Suprema respecto a que "no entran en esta categoría aquellas resoluciones que pueden ser modificadas por un tribunal superior al órgano judicial que las dictó."
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte reiteró que "contra la misma decisión se interpuso recurso directo por ante la Cámara de Apelación local", y que "estando pendiente aún este remedio procesal, resulta evidente que la resolución no resulta equiparable a sentencia definitiva, de acuerdo a lo que exige la norma." Asimismo, se sostuvo que "el tránsito directo hacia esta Corte conculca... el recaudo de definitividad del decisorio atacado," y que "el recurso de queja no resulta procedente en estas circunstancias." La Corte también señaló que "el recurso de apelación con efecto suspensivo" que había sido concedido al quejoso, hacía improcedente la vía directa. La resolución fue firmada por la Corte de Santa Fe y se fundamentó en que el recurso de inconstitucionalidad no cumplía con los requisitos legales y procesales para ser admitido en esa instancia.
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