LOZA LULL, CLAUDIA JOSEFINA c/ DELLOSPEDALE, ELSA ESTELA Y OTRA -NULIDAD TESTAMENTARIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo que confirmó la validez de un testamento, argumentando que la impugnante no logró demostrar la arbitrariedad del fallo ni vulneraciones constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Claudia Josefina Loza Lull
A quién se demanda (Demandado): Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto
Qué se reclama (Objeto de la demanda): Que se declare la inconstitucionalidad del acuerdo que confirmó la validez del testamento y la valoración probatoria en la sentencia de apelación.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por carecer de fundamentos suficientes y por no demostrar que el fallo de la Cámara de Venado Tuerto fuera arbitrario o vulnerara derechos constitucionales, confirmando la decisión de la Cámara.
Fundamentos principales de la decisión:
"De la lectura de la pieza recursiva se evidencia la mera discrepancia -sin entidad constitucional
- con lo resuelto por la A quo, en torno a cuestiones de hecho y de valoración de la prueba rendida en la causa, lo que siendo así expresado por la Sala al denegar el remedio extraordinario local, tampoco fue debidamente rebatido en el escrito de queja. En efecto, se advierte que la argumentación desarrollada por la impugnante, no logra en definitiva demostrar que la decisión de la Cámara exhiba una decisiva carencia de fundamentos o haya supuesto un irrazonable apartamiento de la solución normativa prevista para el caso."
"Asimismo, la actora no ha logrado demostrar que la decisión de la Cámara incurriera en arbitrariedad o vulnerara derechos constitucionales, ya que la valoración de la prueba y las consideraciones sobre la capacidad de la testadora, en un contexto de jurisprudencia consolidada, resultan razonables y fundamentadas en las constancias obrantes en la causa."
"Por lo tanto, la quejosa no logró acreditar que la resolución impugnada adoleciera de arbitrariedad o vulneración constitucional, por lo cual se debe rechazar la queja."
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