I., D. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL I., D. s/ APELACION PARCIAL DEFENSA Y FISCAL RESOLUCION AUDIENCIA PRELIMINAR- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe resolvió denegar el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una resolución del juez de Cámara que confirmó la decisión de la audiencia preliminar en un proceso por abuso sexual gravemente ultrajante. La decisión se fundamentó en la existencia de una sentencia definitiva por juicio oral que disipó los cuestionamientos.
Quién demanda: La defensa de D. I.
¿A quién se demanda?
La resolución del Juez del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe, doctor Gentile Bersano.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la decisión que confirmó el rechazo de la pericia psicológica, la calificación provisional de los hechos como abuso sexual gravemente ultrajante y la prisión preventiva del imputado.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema denegó el recurso de inconstitucionalidad, considerando que las cuestiones planteadas en la apelación ya fueron resueltas en la sentencia definitiva de condena dictada en juicio oral, por lo que la cuestión carece de actualidad y de interés procesal. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal señala que "las pretensiones defensivas vinculadas al rechazo de la prueba ofrecida por su parte y a la calificación provisional de los hechos se han disipado, toda vez que en el caso recayó sentencia definitiva en orden a los hechos investigados tras la realización de un juicio oral y público, por lo que ninguna actualidad reviste la cuestión planteada". Añade que "las cuestiones que plantean en relación a la situación de coerción personal del imputado deben ser reconsideradas en las instancias ordinarias, dado que las circunstancias han variado con la sentencia de mérito". Además, concluye que "la desaparición de la materia litigiosa impide un pronunciamiento en este momento, por lo que se declara la inadmisibilidad del recurso por sustracción de la materia". La sentencia no presenta votos disidentes relevantes.
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