SVAMPA, ANA ROSA c/ CONSORCIO PROPIETARIOS BARRIO AIRES DE CAMPO Y OTROS -NULIDAD COSA JUZGADA IRRITA- s/ COMPETENCIA
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe resolvió dirimir un conflicto negativo de competencia en una acción de nulidad por cosa juzgada írrita, favoreciendo a la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario para que siga entendiendo en las actuaciones. La decisión se fundamentó en que precedentes similares respaldan que la competencia corresponde al tribunal que dictó la resolución cuya nulidad se cuestiona, en línea con la jurisprudencia de la Corte.
Quién demanda: Ana Rosa Svampa
¿A quién se demanda?
Consorcio Prop. Barrio Aires de Campo y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad por cosa juzgada írrita de sentencias dictadas en procesos civiles anteriores (sentencias nro. 138/2017 y 128/2018)
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema dirimió el conflicto negativo de competencia en favor de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, estableciendo que esta sala debe seguir entendiendo en las presentes actuaciones. Fundamentos principales: "De los hechos expuestos en la demanda -a los que cabe atender de modo principal para la determinación de la competencia-, no surge que la actora formule sospecha alguna respecto del accionar del Tribunal que dictó la sentencia cuestionada, sino que, por el contrario, invoca dos hechos nuevos sobrevinientes a las sentencias, consistentes en un llamado a asamblea para autorizar la gestión de regularización jurídica del barrio y un informe del Registro General de la Propiedad donde consta que el terreno de la actora no se encuentra afectado al régimen de Barrio cerrado. Incluso, la propia accionante avienta cualquier atisbo de mácula sobre la actividad desplegada por el juzgador de primera instancia, cuando asevera que su parte limita la posibilidad de fraude a quienes se presentaron con documentos irregulares, y no al Señor Juez". "Por todo lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Dirimir el conflicto negativo de competencia en favor de la postura de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Rosario y, en consecuencia, disponer que siga entendiendo en las presentes actuaciones la Sala Tercera de la misma Cámara".
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: