T., A. O. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL T. A., O. s/ ABUSOS SEXUALES SIMPLES AGRAVADOS (POR SER ENCARGADO DE LA EDUCACION) REITERADOS (TRES HECHOS EN CONCURSO REAL)- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia rechazó la queja presentada por la defensa del imputado contra una resolución que confirmó la condena por abusos sexuales, argumentando que los agravios no superaron el control de la instancia extraordinaria y que la fundamentación de la sentencia fue adecuada.
- Quién demanda: La defensa de A. O. T.
¿A quién se demanda?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se revoque la resolución que rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad y que se declare la invalidez del proceso por supuestos vicios procedimentales y de valoración probatoria.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema rechazó la queja, confirmando que los agravios de la defensa son reiteraciones de cuestiones ya resueltas en instancia anterior, sin demostrar vulneraciones constitucionales o errores judiciales que justifiquen la intervención de esta instancia extraordinaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte resaltó que los agravios de la recurrente se limitan a una reiteración de los cuestionamientos ya planteados en la instancia de apelación ordinaria, sin presentar elementos que justifiquen su revisión en esta instancia extraordinaria. Se indicó que "sus agravios... se reducen a una simple reiteración de aquéllos introducidos en la instancia de apelación ordinaria" y que "la interesada intenta renovar un debate sobre la interpretación que de los hechos, pruebas y derecho común efectuó la Cámara en ejercicio de funciones propias, materia que resulta —por regla— ajena a esta instancia extraordinaria". La Corte advirtió que la recurrente no brindó un relato objetivo y completo de los hechos, ni de las pruebas producidas y valoradas en juicio, limitándose a cuestionar la valoración probatoria y a alegar arbitrariedad sin sustento suficiente. Además, sostuvo que la valoración de las pruebas y la fundamentación de la sentencia fueron razonables y ajustadas a las reglas de la sana crítica racional. En relación con el agravio por supuesta invalidez del proceso por la ausencia de informe psiquiátrico o psicológico, la Corte recordó que la cuestión ya había sido resuelta en instancias anteriores y que la ausencia de dicho informe no afectó la validez del proceso ni la capacidad del imputado, quien mostró lucidez y participación activa en juicio. Finalmente, la Corte concluyó que los planteos de la defensa no configuran vulneraciones constitucionales ni errores que justifiquen su intervención, por lo que el recurso de queja fue rechazado.
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