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VARELA, AGUSTIN GUSTAVO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL VARELA, AGUSTIN GUSTAVO s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR INTERVENCION DE UN MENOR DE EDAD EN GRADO DE TENTATIVA Y OTROS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la confirmación de la condena a Agustín Gustavo Varela por homicidio agravado y otros delitos, considerando que los agravios no demostraron arbitrariedad ni vulneración constitucional.


- Quién demanda: La defensa de Agustín Gustavo Varela

¿A quién se demanda?

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario (Tribunal de Segunda Instancia)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La nulidad de la sentencia por falta de motivación, violaciones a principios constitucionales, valoración de prueba y errores en la valoración de circunstancias personales y pena.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja, confirmando la constitucionalidad y razonabilidad de la fallo impugnado. La Corte consideró que los agravios fueron reiterativos de instancias previas, sin demostrar arbitrariedad o ilegalidad. Además, avaló la fundamentación suficiente del tribunal de alzada respecto a la valoración de la prueba, la motivación de la condena y la graduación de la pena. La norma del artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Judicial fue también validada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que "la Corte ya ha avalado la constitucionalidad de la norma e incluso descartado planteos del mismo tenor" (párrafo 4), y que "la presente impugnación no puede prosperar, pues de los fundamentos del escrito recursivo y su confrontación con la decisión atacada surge que, si bien se cuestiona la decisión de la Alzada por resultar -a juicio de la compareciente
- arbitraria, la discusión no se aparta de la interpretación que de los hechos, prueba y derecho realizó el Tribunal en ejercicio de funciones que le son propias" (párrafo 5). Asimismo, se resaltó que "los agravios de la impugnante emergen como una clara reiteración de los cuestionamientos efectuados en la instancia de apelación ordinaria, los que fueron abordados y descartados por el A quo con motivación suficiente y razonable" (párrafo 5). La Corte también analizó y rechazó la alegada omisión del informe del artículo 109, señalando que "la Alzada, luego de citar doctrina que -a diferencia de lo sostenido por la Defensa, entiende que la omisión del aludido informe no acarrea sin más la invalidez de la sentencia
- expresó las razones por las que en el caso concreto el reproche no podía prosperar" (párrafo 5.1). En relación a la valoración de la prueba y la fundamentación de la condena, se afirmó que "los Magistrados efectuaron un pormenorizado análisis de los elementos de convicción producidos en el debate y entendieron que debía confirmarse la responsabilidad penal del justiciable" (párrafo 5.2). La Corte consideró que "la impugnante no logra demostrar la irrazonabilidad de los argumentos del Tribunal ni que ésta se hubiera apartado

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