HERRERA, ANGEL MARIANO c/ ASOCIART S.A. ART -DEMANDA LABORAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que declaró la inconstitucionalidad de artículos de la ley 24557 y condenó a ASOCIART S.A. a pagar $176.171,84 por incapacidad laboral, confirmando la constitucionalidad de la norma y rechazando la queja.
Actor: ASOCIART S.A. (demandada en la instancia original). Demandado: la sentencia de la Cámara de Venado Tuerto en autos "HERRERA, Angel Mariano contra ASOCIART S.A. A.R.T." y la ley 24557, que fue declarada inconstitucional. Objeto: que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 21, 22, 46.1 y 50 de la ley 24557, con las modificaciones, y que se deje sin efecto la condena a pagar $176.171,84 por prestaciones dinerarias por incapacidad laboral. Decisión: La Corte Suprema admitió la queja por considerarla suficiente desde el punto de vista constitucional, ordenó su elevación y devolución del depósito, dejando en trámite la impugnación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala de la Corte Santa Fe consideró que la impugnante realizó un planteo serio que podría vulnerar derechos constitucionales, y que el rechazo previo del recurso por parte del tribunal de alzada no fue suficiente para descartar la posible vulneración del derecho a la jurisdicción. Se analizó que la queja refleja una discrepancia con la decisión de la Cámara respecto a la constitucionalidad de la ley 24557 y su actualización, y que la impugnación cumple con los requisitos para ser considerada en esta instancia de excepción. Se resaltó que la resolución del 22 de septiembre de 2020 que denegó la concesión del recurso de inconstitucionalidad no abordó en profundidad los fundamentos constitucionales, por lo que la Corte admitió la queja. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el acceso a la instancia de control constitucional y en la interpretación de la ley 7055. La Corte dispuso la elevación de los autos principales y la devolución del depósito efectuado por la recurrente. No se analizaron en profundidad los aspectos sustantivos del fondo, solo la admisibilidad de la queja.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: