BANCO HIPOTECARIO S.A. c/ OSTA, JORGE LUIS s/ INCIDENTE DE VERIFICACION TARDIA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó parcialmente la regulación de honorarios del síndico y distribuyó las costas en un 50% para la incidentista y en un 50% para la síndica, considerando el carácter de tercero y la proporcionalidad de los trabajos realizados.
Actor: Banco Hipotecario S.A., en su carácter de incidente de verificación tardía. Demandado: Jorge Luis Osta, en su calidad de incidente. Objeto: Impugnación de la regulación de honorarios profesionales de la síndica y la distribución de costas. Decisión: Se hizo lugar en parte al recurso de apelación, se revocó la regulación de honorarios de la síndica en su totalidad y se la reguló en el 50% de los honorarios fijados inicialmente, y las costas se distribuyeron en un 50% para cada parte.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia analizó la naturaleza de la función del síndico en incidentes de verificación tardía, concluyendo que en estos casos la labor del síndico puede considerarse de carácter técnico imparcial y no parte contradictoria, lo que justifica la regulación de honorarios en un porcentaje menor, especialmente cuando el condenado en costas es un tercero. Además, se determinó que la regulación inicial no respetaba el límite del 50% establecido en el art. 361 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), y que las costas debían distribuirse en igualdad, dado el éxito parcial de la apelación. La jurisprudencia y doctrina citadas respaldan la reducción del monto de honorarios y la distribución proporcional de costas, teniendo en cuenta el carácter de tercero del síndico y la naturaleza del trabajo realizado.
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