DONNI, JORGE LUIS c/ FARGO S.A. s/ DEMANDA ORDINARIA
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario confirmó la validez del proceso y rechazó los agravios del actor, manteniendo la condena y distribuyendo las costas según corresponda, tras analizar la fundamentación y las pruebas del caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Jorge Luis Donni demandó a Fargo S.A. por daños y perjuicios derivados de la rescisión unilateral del contrato de distribución, reclamando indemnización, lucro cesante, daño moral y pérdida de clientela. La primera instancia hizo lugar parcialmente y condenó a Fargo a pagar $1.547.657,50, considerando la responsabilidad contractual, la falta de preaviso y otros rubros. Ambas partes interpusieron recursos de apelación. La Cámara, tras analizar las quejas sobre la nulidad, la valoración de la prueba y la cuantificación de los daños, resolvió:
- Desestimar el recurso de nulidad del actor.
- Admitir en parte el recurso de apelación del actor, revocando la condena en costas de primera instancia y distribuyéndolas en un 30% para el actor y 70% para la demandada (art. 252 C.P.C.C.).
- Imponer en segunda instancia las costas en un 90% al actor y 10% a la demandada.
- Regular honorarios en un 50% de los fijados en primera instancia.
Fundamentos principales: La Sala concluyó que las críticas del actor sobre vicios procesales y valoración probatoria carecían de sustento en las constancias del expediente. La valoración del silencio del demandado bajo el art. 143 C.P.C.C. fue razonable y ajustada a la ley, y la estimación de la ganancia neta del actor se realizó con fundamentos lógicos, sin arbitrariedad ni dogmatismo. Además, la discusión sobre la pérdida de clientela y lucro cesante fue considerada atendible y proporcional, y no se configuró error en la distribución de costas. La sentencia de primera instancia fue parcialmente revocada en lo que respecta a la distribución de gastos procesales, manteniendo la condena en la sustancia.
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