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ESTRUBIA, CLEMENTE JESUS Y OTROS c/ DAVOLIO, NATALIA CAROLINA s/ INCIDENTE DE APREMIO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó la resolución que suspendió indefinidamente la subasta de un inmueble en un proceso ejecutivo, priorizando la continuación del remate y la protección del derecho de propiedad, pese a la existencia de un menor habitando en el inmueble.

Interes superior del nino Ejecucion hipotecaria Derecho constitucional Proceso judicial Vulnerabilidad familiar Suspension de subasta Proteccion del derecho de propiedad Bienes inmuebles. Medidas estatales Orden de continuidad


- Quién demanda: El acreedor ejecutante (parte que promueve la ejecución y la subasta).

¿A quién se demanda?

La ejecutada (Natalia Carolina Davolio y otros).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La continuación de la proceso de ejecución y subasta del inmueble embargado, pese a alegaciones de vulnerabilidad del menor residente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la suspensión de la subasta y ordenó su continuación, señalando que la protección del derecho a la propiedad y la legalidad del proceso deben prevalecer, y que la existencia de un menor en el inmueble no justifica la suspensión indefinida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Debe decirse también en similar sentido que el debate acerca de la eventual situación de riesgo o afectación para la niña que reside en el inmueble, que tornaría necesaria la adopción de medidas excepcionales a cargo del Estado (en reemplazo de los responsables parentales y otros obligados alimentarios de aquélla) para su resguardo sobre la base de las directivas convencionales y constitucionales citadas reiteradamente en autos, no debía darse antes de la realización del remate del inmueble, sino (se insiste, en su caso) luego, previo a otorgar la posesión al adquirente y si fuese necesario el lanzamiento de los ocupantes. Ninguno de los preceptos contenidos en dicha convención o en el texto constitucional establece una prohibición de subastar judicialmente un inmueble donde conviva un grupo familiar con integrantes menores de edad. Es en realidad el posible lanzamiento del inmueble del grupo familiar junto a la acreditada imposibilidad de los responsables parentales y otros obligados alimentarios en orden a procurar al menor otra vivienda que se constituya en su nuevo centro de vida, el supuesto fáctico que generaría no ya como solución jurisdiccional razonable la postergación indefinida o definitiva del desahucio o una medida semejante, sino el dictado previo por parte del juez de medidas a ser cumplimentadas por los estamentos estatales correspondientes y un rol activo por parte de aquél en el contralor de su cumplimiento, en ejercicio adecuado de las atribuciones constitucionales e infraconstitucionales con las que cuenta." "Por lo tanto, la protección del derecho de propiedad debe prevalecer, y la suspensión indefinida de la subasta constituye una vulneración a la legalidad y al proceso judicial, sin que exista normativa que prohíba la ejecución en estas circunstancias."

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