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GAIDO, NORMA BEATRIZ c/ CERVIGNI OMAR E HIJOS S.A. s/ COBRO DE PESOS (REVOCATORIA)

La Cámara de Apelación de Circuito de Santa Fe confirmó la resolución que rechazó el recurso de revocatoria y la apelación de la parte demandada, manteniendo la validez de la prueba pericial y la correcta tramitación del proceso, resaltando errores en la gestión de la prueba y en la correspondencia del expediente digital.

Recurso de apelacion Prueba pericial caligrafica Recursos procesales Expediente digital Gestion documental Nulidad de prueba Validez probatoria Sistema sisfe Irregularidades en gestion judicial Errores en expediente


- Quién demanda: Norma Beatriz Gaido

¿A quién se demanda?

Omar Cervigni y la firma OMAR E HIJOS S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro mediante proceso de revocatoria y apelación, cuestionando la validez de la prueba pericial caligráfica y la gestión del expediente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución de primera instancia que desestimó las impugnaciones, destacando que la parte demandada no articuló correctamente la nulidad de la prueba y que la gestión del expediente electrónico presentaba errores menores, pero no afectaron la validez del proceso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó la contradicción entre el expediente físico y el digital, señalando que "si entre el expediente físicamente considerado y el expediente electrónico no se presenta una identidad perfecta, se compromete severamente el sistema". Se aclaró que la parte demandada dirigió mal su defensa, ya que "el objeto impugnable es el dictamen -por vía de nulidad
- y no el decreto". La gestión del expediente en soporte papel, aunque con errores en la incorporación de los cuadernos de prueba y en la forma de dar cumplimiento a los actos procesales, no afectó la validez de la prueba pericial. Además, se destacó que "la legalidad en la producción de la prueba se ventila por vía de impugnación y su aptitud probatoria por medio de observación en los alegatos". La resolución subrayó que "el demandado contaba con todo lo necesario para articular la nulidad del dictamen si no había sido notificado". La Cámara concluyó que "los errores en la gestión documental no vician el proceso y que la estrategia procesal de la parte demandada fue incorrecta", confirmando así la decisión de primera instancia.

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