NADARES, GUILLERMO ALEJANDRO c/ MUNICIPALIDAD DE ROSARIO -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte desestimó la queja contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad presentado por la Municipalidad de Rosario. La decisión se fundamentó en que la disidencia se basa en interpretaciones fácticas y probatorias que corresponden a los jueces de la causa.
Actor: Municipalidad de Rosario Demandado: Guillermo Alejandro Nadares (y en su favor, la resolución judicial previa) Objeto: Impugnar la decisión de la Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2 que declaró procedente el recurso de amparo y ordenó el otorgamiento de una pensión derivada del fallecimiento de Patricia Mónica Inmaculado, alegando que no se acreditaron los requisitos para ello y que la resolución fue arbitraria. Decisión: La Corte desestimó la queja y confirmó la decisión de la Cámara, considerando que la impugnación se basa en disidencias respecto de los hechos y la valoración probatoria, aspectos que corresponden a los jueces de la causa. La argumentación del Tribunal se apoyó en que la revisión de la prueba y los hechos es privativa de los jueces y que la discrepancia no alcanza a configurar arbitrariedad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la lectura de los argumentos traídos a consideración de este Tribunal en el memorial del recurso de inconstitucionalidad, en confrontación con la resolución atacada, revela la mera discrepancia de la compareciente con los fundamentos expuestos por la Cámara al emitir el pronunciamiento, en tanto se advierte que toda la argumentación desarrollada, pese al matiz constitucional que pretende otorgarle, remite esencialmente a razones de interpretación de los hechos y pruebas que fundan el fallo cuestionado, cuya evaluación es materia privativa de los jueces de la causa y, por ende, ajena, en principio, a su revisión por esta Corte." "la Cámara, luego de un pormenorizado análisis de los abundantes elementos probatorios obrantes en la causa ... arribó a la conclusión de que se hallaban reunidos los requisitos exigidos para que el actor pudiese acceder ... al beneficio de pensión derivado del fallecimiento de Patricia Mónica Inmaculado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de la ordenanza previsional 7919/05." "los fundamentos del pronunciamiento puesto en crisis se hallan sustentados razonablemente en la prueba analizada y, por lo tanto, podrán suscitar la disconformidad de la recurrente pero no es posible calificarlos como arbitrarios."
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