ZAMER, LUCRECIA CECILIA s/ DECLARATORIA DE HEREDEROS
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó parcialmente la decisión de primera instancia y estableció la conversión de honorarios regulados en 2017 al valor de la unidad jus vigente al momento de quedar firme la regulación, con intereses según tasa activa del Banco de la Nación Argentina.
- Quién demanda: La parte que promovió la apelación en subsidio (no se especifica nombre).
¿A quién se demanda?
La resolución del juez de grado que no admitió la actualización de honorarios.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La actualización y conversión de honorarios profesionales desde 2017, en atención a la ley provincial 12.851 y principios de justicia retributiva, en lugar de mantener los honorarios en su valor original, por considerar que la negativa a actualizar implica un daño patrimonial y un incumplimiento del derecho constitucional a la justa retribución.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso, revocando parcialmente el auto del 23/06/20, y ordenó que los honorarios regulados en 2017 se conviertan al valor "jus" vigente al momento de quedar firme la regulación, con intereses moratorios a tasa activa del Banco de la Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala recordó que la doctrina del máximo tribunal provincial establece que la conversión en dinero de la deuda de valor jus se produce cuando la regulación de honorarios queda firme, momento en que el importe queda fijado definitivamente. Añadió que el sistema del artículo 32 de la ley 6767 (modificado por ley 12851) establece que la deuda en unidades "jus" se transforma en deuda de dinero al momento de la firmeza, y que la no notificación o la negativa a pagar puede configurar un incumplimiento y daño patrimonial. Se citó jurisprudencia que respalda la actualización de honorarios basada en la ley provincial 12.851 y en principios constitucionales de justicia retributiva, además de destacar que la notificación es un acto de orden público y que la conversión debe hacerse en el momento en que la regulación queda firme y notificada. La decisión también consideró que la conducta del profesional en percibir los honorarios y el comportamiento del deudor influyen en la fijación final.
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