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P., M. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL P., M. A. s/ ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)

La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la sentencia que confirmó una condena por abuso sexual gravemente ultrajante, anulándola y remitiendo la causa a un nuevo juicio, por considerar que la decisión impugnada incurrió en arbitrariedad y omisiones en su fundamentación.

Arbitrariedad Revision judicial Nulidad Abuso sexual Garantias constitucionales Derecho penal Recurso de inconstitucionalidad Agravante Anulacion de sentencia Omision en fundamentacion

Quién demanda: M. A. P. (defensa del condenado)

¿A quién se demanda?

Tribunal de Cámara de Rosario

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad y nulidad de la sentencia que confirmó la fallo condenatorio, por falta de fundamentación y omisión en el análisis de agravantes y garantías constitucionales.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Santa Fe admitió el recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia confirmatoria y ordenó que la causa sea juzgada nuevamente por un tribunal competente, debido a que la sentencia impugnada incurrió en arbitrariedad y omisiones en la valoración probatoria y en el análisis de garantías constitucionales. Fundamentos principales de la decisión: "De las constancias de la causa surge que la Cámara de Rosario no evaluó adecuadamente las alegaciones defensivas relacionadas con la falta de prueba del agravante de 'sometimiento gravemente ultrajante', y omitió responder a la petición subsidiaria de prisión domiciliaria del condenado, vulnerando así garantías constitucionales y principios de derecho penal. La jurisprudencia señala que 'la omisión de tratamiento de agravios que pueden incidir en la decisión constituye causal de arbitrariedad que justifica la intervención de esta Corte' (art. 95, Const. Prov.)". "Es fundamental que las decisiones judiciales fundamenten en forma suficiente las cuestiones que puedan afectar derechos constitucionales, y en este caso, la falta de análisis del agravante y la omisión en la consideración del pedido de prisión domiciliaria generan una arbitrariedad que impide validar la sentencia en los términos en que fue dictada". "Por ello, corresponde dejar sin efecto la sentencia impugnada, y remitir los autos para que un tribunal competente juzgue la causa nuevamente, en línea con las pautas aquí sentadas, garantizando el derecho a un juicio justo y la correcta fundamentación de la decisión".

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