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GANDINI, DUILIO IGNACIO c/ PROVINCIA DE SANTA FE -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ MEDIDA CAUTELAR

La Cámara de Apelaciones rechazó la solicitud de medida cautelar para suspender los efectos de la desafectación del actor del Servicio Penitenciario, argumentando que la pretensión no cumple con los requisitos de procedencia y que el acto cuestionado no presenta manifiesta ilegitimidad.


- Quién demanda: Duilio Ignacio Gandini

¿A quién se demanda?

Provincia de Santa Fe, en su carácter de autoridad penitenciaria

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revocación de la resolución 2515/20 que confirmó la sanción de seis días de arresto y la nulidad del procedimiento sancionatorio por vulneración del debido proceso, así como la suspensión de la resolución 2524/20 que lo desafectó del Servicio Penitenciario por exceder el límite de días de arresto.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 rechazó la medida cautelar solicitada, argumentando que el acto cuestionado no es manifiestamente ilegal ni irrazonable, y que el planteo del actor requiere un análisis de fondo que excede la competencia cautelar. Se sostuvo que la pretensión se basa en una supuesta vulneración del derecho de defensa, pero que las constancias del expediente muestran que se le brindó oportunidad de defensa, y que las formalidades procesales fueron respetadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En un examen liminar propio de esta instancia, surge que el peticionario en fecha 23.10.2020 fue citado a prestar declaración conforme el artículo 111 del decreto 1091/79; que al momento de la audiencia se le hizo saber el hecho imputado; que también tuvo conocimiento de la norma que habría infringido; y que, habiéndosele aclarado su 'derecho a abstenerse de declarar sin que ello implique presunción en su contra', pudo proceder a efectuar su descargo (f. 5, expte. adm. 00205-0001480-0). Asimismo, no se advierte -al menos en esta instancia
- cómo el invocado apartamiento de las formalidades establecidas en el Código Procesal Penal podría automáticamente acarrear la ilegitimidad de la sanción cuestionada en grado tal como para acceder a esta pretensión cautelar, siendo que tales disposiciones sólo resultarían aplicables supletoriamente ante situaciones no previstas por el reglamento de procedimientos disciplinarios del Servicio Penitenciario." "En ese mismo sentido, tampoco puede prosperar la solicitud en cuanto se funda en la inconstitucionalidad del decreto 1091/79, planteo este que, como es sabido, resulta en principio extraño al debate cautelar." "Por último, si se considerara a la solicitud cautelar como un pedido formulado autónomamente respecto de la resolución 2524/20, fundado en la ilegitimidad de la resolución 2515/20, debe señalarse que lo considerado en el punto precedente basta para decidir su rechazo." "Lo expuesto es suficiente para rechazar el pedido formulado, con costas

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