IRIBARREN, JORGE MIGUEL c/ ELIZALDE, CARLOS GREGORIO s/ JUICIO EJECUTIVO
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe revoca la sentencia de primera instancia y hace lugar a la apelación del demandado, rechazando las excepciones de falsedad material y ordenando la continuación de la ejecución por la suma de $7.000 más intereses. La decisión se basa en la inexistencia de adulteración del pagaré y la correcta interpretación del documento, considerando la prueba pericial y la conducta del demandado.
Quién demanda: Jorge Miguel Iribarren (actor)
¿A quién se demanda?
Carlos Gregorio Elizalde (demandado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de pago por la suma de $7.000, con intereses, basada en un pagaré en el que se cuestiona la validez de la alteración del signo monetario.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia que aceptó la carácter de falsedad material, y en su lugar, declara que no existió adulteración en el pagaré y que la expresión "dólares siete mil" fue colocada en el momento de la suscripción, por lo que la ejecución procede por pesos 7.000, con intereses del 8% anual desde la mora.
Fundamentos principales de la decisión:
- La copia del pagaré y la pericia caligráfica no evidencian que la palabra "dólares" haya sido interlineada o añadida posteriormente, sino que forma parte integral del texto original.
- La interpretación del artículo 88 del Decreto Ley 5965/63, que regula la presunción de adulteración, no resulta aplicable en este caso, ya que no se acreditó que la alteración haya sido posterior a la firma.
- La presencia de la frase "Dólares Siete Mil" en el documento, en consonancia con la firma y el contexto, indica que fue colocada en el momento de la firma, no como adulteración.
- La conducta del demandado y la prueba pericial permiten concluir que no hubo manipulación fraudulenta del documento.
- La sentencia de primera instancia omitió considerar la totalidad de la prueba y erróneamente basó su fallo en la presunción de adulteración que aquí se refuta.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: