L., J. N. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL L., J. N. s/ HOMICIDIO CALIFICADO POR EL VINCULO-APELACION DE SENTENCIA- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que condenó a J. N. L. por homicidio simple, anulándola por valoración parcializada de la prueba y ordenando un nuevo juicio, tras constatar violaciones al debido proceso y a la garantía de defensa en juicio.
- Quién demanda: Defensa de J. N. L.
¿A quién se demanda?
Sentencia condenatoria de Primera Instancia y de Alzada
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad y nulidad de la sentencia por valoración arbitraria de la prueba y vulneración de derechos constitucionales y convencionales
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró la inadmisibilidad del recurso de queja y, en consecuencia, resolvió hacer lugar al recurso de inconstitucionalidad, anulando la sentencia y ordenando remitir los autos para un nuevo juicio
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El fallo impugnado realiza una valoración fragmentada y parcializada de la prueba, incurriendo en omisiones y falta de fundamentación que tornan al pronunciamiento en arbitrario. La valoración de prueba en materia de violencia de género y agresión sexual debe seguir los estándares internacionales y constitucionales que reconocen la importancia de la declaración de la víctima como prueba fundamental, aún en ausencia de evidencia física o médica. La interpretación restrictiva del contexto de violencia, además de desvirtuar el derecho a la defensa y el debido proceso, viola las obligaciones internacionales asumidas por el país, en particular la Convención de Belém do Pará y las jurisprudencias de la Corte Interamericana. La valoración arbitraria y fragmentada de las constancias procesales, sumada a la omisión de consideraciones sobre la vulnerabilidad de la imputada y los indicios que la favorecían, configura una vulneración al derecho a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia, por lo que corresponde anular la sentencia y remitir los autos para un nuevo juzgamiento con garantías constitucionales y convencionales debidamente respetadas." No se registran votos en disidencia relevantes en este análisis.
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